La LFPIORPI obliga a desarrolladoras inmobiliarias a identificar a sus clientes y conservar durante al menos 10 años la documentación de sus operaciones; Neivor ofrece la solución para tener expedientes digitales y evitar multas
Contratos guardados en una sucursal, identificaciones en el correo de un asesor o expedientes que dejaron de estar disponibles después de una rotación de personal ya no son solamente un problema operativo. Para las desarrolladoras inmobiliarias pueden convertirse en un riesgo regulatorio cuando el SAT solicita la documentación que respalda una operación.
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita —LFPIORPI— considera actividad vulnerable la realización habitual o profesional de actividades de construcción o desarrollo de inmuebles y la intermediación en operaciones de compraventa. También contempla, mediante la fracción V Bis del artículo 17, la recepción de recursos destinados a desarrollos inmobiliarios cuya finalidad sea la venta o renta.
Para estas actividades, la legislación establece obligaciones de identificación y conocimiento del cliente, verificación de identidad, recopilación de documentación y conservación de la información que respalde las operaciones. Desde la reforma publicada en julio de 2025, esa documentación debe mantenerse, física o electrónicamente, durante al menos 10 años para las operaciones realizadas a partir del 17 de julio de 2025.
El SAT puede solicitar durante sus procedimientos los expedientes únicos de identificación, documentos que acrediten el alta como actividad vulnerable, información sobre beneficiarios controladores, comprobantes y documentación soporte de las operaciones y los Avisos presentados.
El expediente es evidencia de cumplimiento
La pérdida o imposibilidad de exhibir documentación requerida puede constituir un incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 18 de la LFPIORPI.
Para este tipo de infracción, los artículos 53 y 54 contemplan multas de 200 a 2.000 UMA. Con el valor diario de la UMA 2026 establecido en 117,31 pesos, esto equivale aproximadamente a multas de $23.462 a $234.620 pesos.
Las sanciones pueden ser considerablemente mayores cuando el incumplimiento no consiste solamente en la documentación. La omisión de los Avisos requeridos por la LFPIORPI o la participación en operaciones prohibidas puede dar lugar a multas de entre 10.000 y 65.000 UMA, o entre 10% y 100% del valor del acto u operación cuando pueda cuantificarse, aplicándose el monto que resulte mayor. En valores de 2026, 65.000 UMA representan aproximadamente $7,6 millones de pesos.
La diferencia es importante: un expediente faltante no genera automáticamente una multa de $7,6 millones, pero sí puede revelar un problema de cumplimiento que, acompañado por otras omisiones, eleve sustancialmente la exposición regulatoria.
Un contexto regulatorio más activo
La presión sobre los sujetos obligados volvió a aumentar durante 2026. El 27 de marzo se publicó una reforma al Reglamento de la LFPIORPI, dentro de un proceso más amplio de actualización del régimen iniciado con la reforma legal de julio de 2025.
En paralelo, el SAT ha intensificado la capacitación y orientación para sectores que realizan actividades vulnerables, entre ellos inmobiliarias, y ha reiterado la obligación de identificar clientes, conservar documentación, contar con lineamientos internos y facilitar las visitas de verificación.
El resultado es un cambio práctico para las salas de venta: reconstruir el expediente cuando llega un requerimiento deja de ser una estrategia razonable. La documentación tiene que encontrarse completa, trazable y disponible antes de que la autoridad la solicite.
Del archivero de la sala de ventas al expediente digital
Neivor centraliza contratos, identificaciones y documentación de cada comprador dentro de un expediente digital asociado a la operación desde sus primeras etapas.
La plataforma permite integrar información requerida para procesos PLD/KYC, incluyendo identificación, RFC, comprobantes y beneficiario controlador, mantener trazabilidad sobre quién incorporó o modificó documentos y conservar digitalmente los expedientes durante diez años.
El flujo se integra además con contratos y firma digital, permitiendo que la documentación de la operación se construya progresivamente desde la promesa de compraventa hasta la escrituración, en lugar de intentar reconstruirla cuando el cierre o una revisión regulatoria ya están en marcha.
«Cuando un expediente no está completo, el riesgo no lo absorbe el asesor que cambió de trabajo o la sala de ventas donde quedó archivada una carpeta. El sujeto obligado sigue siendo la desarrolladora. Digitalizar no es solamente ahorrar papel: es poder demostrar cumplimiento cuando alguien lo exige», señaló Diego Chalita, del área Legal de Neivor.
Para las desarrolladoras, la discusión deja entonces de ser si conviene digitalizar los expedientes. La pregunta pasa a ser cuánto riesgo están dispuestas a mantener mientras la evidencia de una operación continúa distribuida entre carpetas, correos electrónicos y diferentes miembros del equipo comercial.
Sobre Neivor
Neivor es una plataforma tecnológica especializada en la operación inmobiliaria que integra preventas, cobranza, contratos, expedientes, escrituración y administración dentro de un mismo ecosistema digital.


